El Bando Municipal firmado hoy flexibiliza algunas medidas y recuerda el cumplimiento de lo dispuesto en el decreto del President de la Generalitat y de la resolución de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública publicados el 11 de marzo
El Ayuntamiento de Elda, a través de un Bando de Alcaldía firmado hoy y con efectos desde el día 15 de marzo de 2021 hasta el 12 de abril de 2021, ambos inclusive, reinicia a partir de mañana el servicio de salas de estudio y lectura en las Bibliotecas Municipales y en el Centro Cívico y Juvenil, de lunes a viernes, en el siguiente horario, siguiendo el protocolo establecido en cada una de ellas y las medidas sanitarias vigentes en cada momento.
Biblioteca Municipal Alberto Navarro, de 8.00 a 20.00 horas
Biblioteca Municipal Paurides, de 16.00 a 20.00 horas
Sala de Estudio Centro Cívico y Juvenil, de 8.00 a 21.00 horas
En relación a los establecimientos o equipamientos municipales destinados a actos culturales, turísticos, de ocio o similares, se establece lo siguiente:
Museo Arqueológico Municipal y Museo del Calzado
Los museos permanecerán abiertos sin actividades de cara al público, manteniendo las visitas mediante cita previa que podrán solicitar a través de https://www.elda.es/.
Durante el desarrollo de la actividad no se podrán suministrar audioguías, folletos u otro material análogo.
Yacimiento Arqueológico de El Monastil
El yacimiento arqueológico de El Monastil mantendrá visitas culturales y educativas mediante cita previa a través de https://www.elda.es/, en Tourist Info o la Concejalía de Patrimonio y Memoria Histórica, respectando las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de la Covid-19.
Teatro Castelar
El Teatro Castelar abrirá al público, con el aforo reducido al 50%, cumpliendo con la normativa vigente en cada momento y el protocolo establecido para el desarrollo de su actividad.
En cuanto a las medidas aplicables a la actividad física, el deporte, las instalaciones deportivas y los acontecimientos deportivos, se aplicará lo dispuesto en la Resolución de 11 de marzo de 2021 de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que modifica la Resolución de 5 de diciembre de 2020, por la que se acuerdan nuevas medidas adicionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Ludoteca “Gloria Fuertes”
Se inicia la actividad de la Ludoteca “Gloria Fuertes” siguiendo las indicaciones contenidas en los protocolos establecidos a tal efecto por las autoridades sanitarias para la prevención de la Covid-19.
Centros y Locales Sociales
Los Centros Sociales de Elda se mantienen cerrados al público salvo el CS Polivalente Las 300 y el CS Nueva Fraternidad habilitados para la tramitación de ayudas sociales.
El Bando Municipal recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 8/2021, de 11 de marzo de 2021, del President de la Generalitat:
En espacios de uso público, tanto cerrados como el aire libre, no se podrán formar grupos de más de cuatro personas, salvo que se trate de personas convivientes.
En domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como el exterior, se permiten únicamente las reuniones familiares y sociales de personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia.
Todo ello sin perjuicio de las excepciones previstas en el citado Decreto, así como en otras disposiciones que sean de aplicación.
Respetar, en todo caso, las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del Covid-19, relativas al mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros, higiene de manos y uso obligatorio y adecuado de mascarilla.
Medidas relativas a celebraciones.
Se recuerda que, de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 11 de marzo de 2021 de la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública:
Las ceremonias no religiosas podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, siempre que no se supere 1/3 de su aforo, con un máximo de 20 personas en espacios al aire libre o de 15 personas en espacios cerrados, entre familiares y personas allegadas, y que se pueda garantizar la distancia interpersonal de seguridad y medidas de higiene.
Sedes festeras, cuartelillos y similares
Se recuerda que, de acuerdo con lo indicado en la Resolución de 11 de marzo de 2021 de la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, se mantiene el cierre preventivo y la suspensión cautelar de las actividades, establecimientos, espacios o centros donde se desarrollen actividades festeras tradicionales ubicadas en los municipios de la Comunitat Valenciana, con suspensión en dichos centros o locales de las actividades festeras tradicionales.
Resto instalaciones, eventos y actos no municipales
Respecto a todas las instalaciones, eventos y actos no dependientes de este Ayuntamiento, se recuerda a sus responsables el cumplimiento exhaustivo de las medidas establecidas en la normativa sanitaria estatal y autonómica vigente en cada momento.
Uso de mascarilla
Se recuerda que según lo dispuesto en la Resolución de 26 de febrero de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establecen medidas relativas al uso de la mascarilla para la contención del brote epidémico de la pandemia de Covid19.
Establecer las siguientes medidas en el uso de la mascarilla para la contención del brote epidémico de la pandemia de Covid-19:
- Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad. El uso de la mascarilla también es obligatorio en los medios de transporte, tanto transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
- La obligación contenida en el apartado anterior no será exigible por razones personales y de la naturaleza de la actividad, en los casos siguientes:
- Para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- En el caso de ejercicio físico o práctica deportiva individual al aire libre, en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible de acuerdo con las indicaciones de las autoridades sanitarias.
- Se entenderá cumplida la obligación a que se refiere esta resolución, mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca. Se observarán, en todo caso, las indicaciones de las autoridades sanitarias acerca de su uso.
Restricciones de movilidad y limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.
Se recuerda que, conforme se dispone en el Decreto 8/2021, de 11 de marzo, del President de la Generalitat, se limita la entrada y la salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana excepto para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados por los motivos previstos, y se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 22:00 y las 06:00 horas en todo el territorio de la Comunitat Valenciana.
Se recuerda a la población eldense mantener las medidas necesarias para evitar la propagación del Covid-19, así como evitar la propia exposición a dichos riesgos. Con carácter general, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del Covid-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros, higiene de manos y uso obligatorio y adecuado de mascarilla.