Page 19 - II Plan de Igualdad
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4. PRINCIPIOS ORIENTADORES





                  Un plan municipal de igualdad constituye una apuesta colectiva para trabajar por la igualdad
                  de  género  en  una  determinada  población.  Para  ello,  resulta  imprescindible  que  todo  el

                  municipio  comparta  la  motivación  que  les  lleva  a  poner  en  marcha  un  plan  de  estas

                  características.

                  Sin duda, la finalidad de la consecución de la igualdad real de mujeres y hombres es ambiciosa

                  pero que,  con el  esfuerzo y trabajo, tanto  del consistorio como de la ciudadanía,  se puede
                  esperar, más pronto que tarde, el logro de ese objetivo.


                  El camino que se está emprendiendo no estará exento de obstáculos y dificultades puesto que
                  hablamos  de  modificar  costumbres,  concepciones  e  ideas  que  están  muy  arraigadas  y  en

                  ocasiones son muy difíciles de detectar. Sin embargo, no se cejará en el empeño de llegar a

                  nuestro objetivo final que es hacer de Elda un municipio donde reine la igualdad de género.

                  Trabajar de forma colectiva hace que cada persona implicada en el proceso aporte lo mejor de

                  sí  misma  y  todo  su  talento,  sin  embargo,  la  articulación  de  voluntades  e  iniciativas  puede
                  generar  ciertas  fricciones  que  se  deberán  dirimir.  Es  por  ello  que  surge  la  necesidad  de

                  establecer unos principios orientadores capaces de dirigir los esfuerzos y trabajo invertido en
                  el plan municipal.


                  A  continuación,  se  establecen  los  principios  orientadores  que  deben  guiar  todo  el  trabajo

                  relacionado con el II Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres de
                  Elda  2017-2021  y  que  todas  las  personas  implicadas  en  el  mismo  deben  respetar  en  todo

                  momento.

                  -El  principio  de  igualdad de  trato  queda  descrito  como  la  ausencia  de  toda  discriminación,

                  directa  o  indirecta,  por  razón  de  sexo,  y,  especialmente,  las  derivadas  de  la  maternidad,  la
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                  asunción de obligaciones familiares y el estado civil.

                  -La igualdad de oportunidades supone que tanto mujeres como hombres puedan optar a las

                  mismas oportunidades vitales en todas las esferas de la vida sin que se interponga ninguna
                  barrera propiciada por los estereotipos o roles de género.



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                    Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Boletín Oficial
                  del Estado. Madrid. España, 23 de marzo de 2007.
                          II Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres de Elda
                          2017-2021

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